Articulos de la Constitucion Politica Mexicana


Articulo 6
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden publico.
Toda información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal, o municipal, es publica y solo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés publico en los términos que fijen las leyes.
Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de estos.
Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicaran a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos

Articulo 8
Los funcionarios y empleados públicos respetaran ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacifica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la republica. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, al cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Articulo 7
Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores e impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que es respeto a la vida privada, a la moral y la paz pública.

Articulo 16
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden publico, seguridad y salud publicar o para proteger los derechos de terceros.

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